Registro Público de Panamá

REGISTRO PÚBLICO DE PANAMÁ AGILIZA PAGO DE LA PRIMERA TASA ÚNICA

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A partir del 27 de enero de 2012 se utilizará la nueva boleta de depósito personalizado No. 01 para el pago de la “Primera Tasa Única de Personería Jurídica”, a la cuenta N° 05-511-0145-6 del Registro Público de Panamá en el Banco Nacional de Panamá.

Los cheques deben ser emitidos a nombre de “Registro Público de Panamá – Primera Tasa Única”.

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La primera tasa única anual, que se paga junto con los derechos registrales al momento de la inscripción de las personas jurídicas en el Registro Público de Panamá, podrá realizarse sin necesidad de que los contribuyentes se presenten posteriormente ante la Dirección General de Ingresos, para probar la realización del respectivo pago.

Los pagos deben realizarse utilizando la nueva boleta de depósito personalizado No. 01 para el pago de la “Primera Tasa Única de Personería Jurídica”, a la cuenta N° 05-511-0145-6 del Registro Público de Panamá en el Banco Nacional de Panamá, y cuando este pago se haga utilizando cheques, éstos deben ser emitidos a nombre de “Registro Público de Panamá – Primera Tasa Única”.

El Registro Público de Panamá ejecutará las acciones necesarias para colaborar en la agilización del cobro de la Primera Tasa Única anual de sociedades anónimas, fundaciones de interés privado, sociedades de responsabilidad limitada y cualquier otra persona jurídica.

El Registro Público de Panamá suministrará diariamente al Ministerio de Economía y Finanzas un informe de las personas jurídicas inscritas, adicionales de facilitar el diseño y desarrollo de un mecanismo de extracción y transferencia de información sobre el cobro de la Tasa Única, a través del cual se contemple la información relacionada al pago de dicho tributo.Toda esta información será recaudada automáticamente a través de servicios electrónicos vía Web, que mantendrán un enlace entre estas dos instituciones gubernamentales.

Los usuarios podrán realizar el pago correspondiente a la primera Tasa Única de las personas jurídicas, en efectivo, tarjeta de crédito, de débito, cheque o a través de Internet.

 

 
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